El proyecto fue presentado en la Sesión número 6 del presente año por el Concejal Juan José Olivera, tras su presentación en el recinto paso a Comisión para un mejor estudio junto a personal de tránsito.

El Proyecto nace del pedido de varios comerciantes afectados por l estacionamiento prolongado frente a sus locales lo cual repercute negativamente la actividad económica.
Dicho Proyecto en sus considerandos señala:
- Que el estacionamiento prolongado frente a locales comerciales limita el acceso de potenciales clientes y afecta negativamente la actividad económica de la zona;
- Que promover la rotación vehicular favorece un uso más eficiente del espacio público, mejora la circulación y estimula el comercio local;

Este miércoles a partir de las 19 hs. s desarrolló la Sesión N° 6 con l siguiente temario
- Dictamen N° 6 aprobado la Documental del ejercicio Contable 2024
APROBADO - El DM remite convenio con el Consejo General de Educación “Proyecto Herramienta Informática Básica” para su aprobación
APROBADO - El DEM remite comodato de inmueble con l Instituto Pequeño Mundo para su aprobación
APROBADO - El DEM remite comodato con el Consejo General de Educación para el uso del espacio correspondiente al Polideportivo Expo Yerba
APROBADO - Nota de la Sra. López Rosa Mabel, solicitando exención al Derecho de Edificación
PASO A COMISION - Proyecto de Ordenanza FR Implementar estacionamiento rotativo en zona comercial
PASO A COMISIÓN - Proyecto de Ordenanza FR Adhiérase al Municipio de Apóstoles a la implementación del Centro de Transacción de Yerba Mate
PASO A COMISION - Proyecto de Ordenanza DEM se ratifique la adhesión a la LEY XVIII 29 (Antes Ley 4511)
APROBADO - L Consejo General de Educación solicita s declare de Interés Municipal Encuentro Literario Informativo.
APROBADO
PROYECTO DE ORDENANZA
Estacionamiento rotativo en zona comercial
VISTO:
La necesidad de garantizar una adecuada rotación del estacionamiento en zonas comerciales de la ciudad de Apóstoles, Misiones.
CONSIDERANDO:
- Que el estacionamiento prolongado frente a locales comerciales limita el acceso de potenciales clientes y afecta negativamente la actividad económica de la zona;
- Que promover la rotación vehicular favorece un uso más eficiente del espacio público, mejora la circulación y estimula el comercio local;
- Que numerosos municipios implementan exitosamente sistemas de estacionamiento con tiempo limitado o regulado, con o sin fiscalización tecnológica, adaptados a sus necesidades particulares;
- Que es deber del Estado municipal regular el uso del espacio público en función del interés general y el desarrollo urbano ordenado;

POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE APOSTOLES
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Artículo 1º – Objeto: Establécese un régimen de rotación obligatoria del estacionamiento en sectores comerciales definidos del ejido urbano, con el fin de optimizar el uso del espacio público y favorecer el desarrollo del comercio local.
Artículo 2º – Ámbito de aplicación: La presente ordenanza regirá en las zonas o frentes de locales comerciales que sean expresamente designados mediante señalización por la autoridad de aplicación.
Artículo 3º – Tiempo máximo de permanencia: En las zonas afectadas por esta ordenanza, el tiempo máximo de permanencia de un vehículo estacionado será de [60] minutos consecutivos, salvo disposición en contrario debidamente señalizada.
Artículo 4º – Horarios de aplicación: La rotación será exigible durante el horario comercial general, de lunes a viernes entre las [8:00] y las [20:00] horas, y sábados de [8:00] a [13:00] horas. Fuera de ese horario, la restricción no será aplicable.
Artículo 5º – Señalización: Las zonas sujetas a esta regulación deberán estar claramente señalizadas con cartelería visible que indique el tiempo permitido, el horario de aplicación y cualquier otro dato necesario para su cumplimiento.
Artículo 6º – Fiscalización y control: La autoridad de aplicación podrá disponer controles mediante personal de tránsito, registro manual, fotografía digital, sistemas electrónicos o convenios con terceros autorizados para verificar el cumplimiento de la rotación.
Artículo 7º – Sanciones: El incumplimiento de la presente ordenanza será sancionado con multa, retiro del vehículo o ambas medidas, según lo determine la reglamentación y el Código de Tránsito vigente.
Artículo 8º – Autoridad de aplicación: Será autoridad de aplicación la Dirección de Tránsito quien tendrá a su cargo la delimitación de zonas, implementación de señalética, control y sanción.
Artículo 9º – Prueba piloto: Previo a su implementación general, podrá realizarse una prueba piloto en una o más zonas comerciales del municipio, por un plazo de [90] días, evaluando su impacto y funcionamiento. (Pinturería Prima-color; Maipú 266)
Artículo 10º – Reglamentación: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente ordenanza en un plazo no mayor a [30] días, estableciendo los criterios técnicos y operativos para su aplicación.
Artículo 11º – Refrendará la presente el Sr. Secretario del Honorable concejo deliberante de la ciudad de Apóstoles.
Artículo 12º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese y Cumplido Archívese.
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